Pedagogía Comunal
ARTÍCULO 87. Pedagogía. La Organización Comunal propenderá por el desarrollo y difusión de una cultura y pedagogía ciudadana en niños, niñas, adolescentes y jóvenes a fin de promover una mayor participación comunitaria
en el progreso y fortalecimiento de la sociedad civil. De igual manera, suscitará una mayor participación de las mujeres y grupos étnicos en la acción comunal.
Micrositio Participación Ciudadana
Cartilla de actualización de legislación comunal
Ley 2166 de 2021
Decreto 1066 de 2015
Conoce de las Juntas de Acción Comunal
Módulo 2
89%
JAC
Juntas de Accion Comunal
90%
Dignatarios
Personas que hacen parte de las juntas
69%
Fiscal
Personas encargada de la parte financiera
86%
SPC
Secretaria de Comunales y Ediles
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